En
Colombia los centros penitenciarios (cárceles) se encuentran en una
sobrepoblación del 45,59%, esta situación genera detrimento a los derechos de
los reclusos, que se ven expuestos a malas condiciones de vida, enfermedades y
otros factores generados por el hacinamiento.
Por
otro lado, la legislación en materia penal y penitenciaria permite que el
hacinamiento en las cárceles Colombianas se vea mermado gracias a la concesión
de sustitos penales, dentro de los cuales encontramos La Prisión Domiciliaria, que permite al recluso ser privado de la libertad en el
lugar de su residencia o morada, siempre y cuando se cumpla con algunos
requisitos.
Dentro de los cuales
encontramos:
·
Que la
pena que se imponga al condenado sea igual o menor a 8 años.
·
Que no se
trate de delitos excluidos para conceder el beneficio.
·
Demostrar
el arraigo familiar y social del condenado.
· Garantizar
mediante caución obligaciones como: no cambiar de domicilio, reparación de
daños, comparecer personalmente ante autoridad judicial que vigile el
cumplimiento de la pena.
Conductas punibles a las
cuales no se les concede el sustituto penal de la prisión domiciliaria:
Delitos dolosos contra la Administración Pública;
delitos contra las personas y bienes protegidos por el Derecho Internacional
Humanitario; delitos contra la libertad, integridad y formación sexual; estafa
y abuso de confianza que recaigan sobre los bienes del Estado; captación masiva
y habitual de dineros; utilización indebida de información privilegiada;
concierto para delinquir agravado; lavado de activos; soborno transnacional;
violencia intrafamiliar; hurto calificado; extorsión; homicidio agravado
contemplado en el numeral 6 del artículo 104; lesiones causadas con agentes
químicos, ácido y/o sustancias similares; violación ilícita de comunicaciones;
violación ilícita de comunicaciones o correspondencia de carácter oficial;
trata de personas; apología al genocidio; lesiones personales por pérdida
anatómica o funcional de un órgano o miembro; desplazamiento forzado; tráfico
de migrantes; testaferrato; enriquecimiento ilícito de particulares;
apoderamiento de hidrocarburos, sus derivados, biocombustibles o mezclas que
los contengan; receptación; instigación a delinquir; empleo o lanzamiento de
sustancias u objetos peligrosos; fabricación, importación, tráfico, posesión o uso de armas químicas,
biológicas y nucleares; delitos relacionados con el tráfico de estupefacientes
y otras infracciones; espionaje; rebelión; y desplazamiento forzado; usurpación
de inmuebles, falsificación de moneda nacional o extranjera; exportación o
importación ficticia; evasión fiscal; negativa de reintegro; contrabando
agravado; contrabando de hidrocarburos y sus derivados; ayuda e instigación al
empleo, producción y transferencia de minas antipersonal; entre otros.